Calculadora de Liquidación de Beneficios Sociales 2026

Actualizado el · Valores oficiales vigentes, con la fuente citada en cada uno.

Calcule lo que le corresponde al terminar el contrato: la gratificación trunca, la CTS, las vacaciones y, si lo despidieron sin causa, la indemnización, cada una con su norma y su propia remuneración de base.

🧮 Calcule su liquidación

🎯 Pruebe con un ejemplo:

La básica más lo que recibe cada mes, con la asignación familiar si la cobra. Sin la gratificación: esa se pregunta aparte.
El último día trabajado.
Un sexto de ella entra en la CTS.

📖 La liquidación de beneficios sociales

Al terminar el contrato, el empleador paga en 48 horas lo que quedó pendiente: la gratificación trunca del semestre, la CTS que no se depositó, las vacaciones ganadas, no gozadas y truncas, y, si el despido fue arbitrario, la indemnización. Esta calculadora suma las cuatro, y cada una se calcula con su propia ley.

🧮 El cálculo, paso a paso

1

Elija el motivo del cese

Solo cambia la indemnización: corresponde por el despido arbitrario. Las demás piezas se pagan con cualquier motivo.

2

Calcule la gratificación trunca

Por los meses calendario completos del semestre hasta el cese, con la bonificación extraordinaria.

3

Calcule la CTS al cese

Con la remuneración computable, que suma un sexto de la gratificación recibida en el semestre.

4

Calcule las vacaciones

Los períodos ganados y no gozados, y el récord trunco, sin el sexto de la gratificación.

5

Sume la indemnización si hubo despido arbitrario

Una remuneración y media por año, con un máximo de 12 remuneraciones.

🧾 Tres remuneraciones distintas

Cada pieza tiene su base. La CTS suma un sexto de la gratificación que recibió (D.Leg. 650, art. 18); las vacaciones y la indemnización no lo suman (D.S. 012-92-TR, art. 16; D.S. 001-96-TR, art. 55). Por eso, con el mismo sueldo, la CTS se calcula sobre un monto mayor.

🚪 Qué cambia según el motivo

Solo la indemnización: corresponde por el despido arbitrario (D.Leg. 728, arts. 34 y 38), no por renuncia, despido con causa justa, vencimiento del contrato ni mutuo disenso. La gratificación trunca, la CTS y las vacaciones se pagan con cualquier motivo.

⚖️ Base legal

🚫 Lo que esta calculadora no hace

Las horas extras, comisiones y otros pagos variables, y las faltas (cada ley las mide en su período y con su lista: use las calculadoras de cada pieza); la remuneración por comisión o destajo; la remuneración del último mes; las utilidades; los intereses; los descuentos; el régimen agrario.

❓ Preguntas frecuentes

¿Qué incluye la liquidación de beneficios sociales?

La gratificación trunca, la CTS que no se depositó, las vacaciones ganadas, no gozadas y truncas, y, si el despido fue arbitrario, la indemnización. Se paga dentro de las 48 horas del cese.

¿Si renuncio me pagan la liquidación?

Sí, la gratificación trunca, la CTS y las vacaciones se pagan con cualquier motivo de cese. Lo que no corresponde por renuncia es la indemnización, que es por el despido arbitrario (D.Leg. 728, art. 34).

¿Por qué la CTS usa una remuneración mayor?

Porque la remuneración computable de la CTS suma un sexto de la gratificación recibida en el semestre (D.Leg. 650, art. 18); la de las vacaciones y la de la indemnización no lo suman.

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