Gastos de Escrituración y Registro 2026
Cuánto cuesta escriturar y registrar la compra de un inmueble: derechos notariales con IVA, derechos de registro, impuesto de registro y la retención en la fuente del vendedor, y cuánto le toca a cada uno.
🧮 Calcula los gastos
🎯 Prueba con un ejemplo:
📖 Los cuatro gastos
Notaría
3 por mil, más IVA y recaudos
Registro
Por tramos del valor, en la oficina de registro
Impuesto de registro
Del departamento
Retención
1% del precio, si vende una persona natural
Toma la base
El precio de venta, o el avalúo catastral si es mayor.
Calcula la notaría
Un valor mínimo más 3 por mil de lo que lo excede, con IVA del 19% y los recaudos de la Superintendencia.
Calcula el registro
La tarifa del tramo en que cae la base, más el 2% de sistematización.
Suma impuesto y retención
El impuesto de registro de tu departamento y, si vende una persona natural, la retención del 1% del precio.
🤝 Quién paga cada uno
- La escritura (notario, IVA y recaudos): por mitades, salvo que pacten otra cosa (Código Civil, art. 1862).
- El impuesto de registro: también por partes iguales, salvo acuerdo (Ley 223 de 1995, art. 227).
- Los derechos de registro: quien pide el registro, normalmente el comprador.
- La retención en la fuente: el vendedor persona natural, antes de firmar (Estatuto Tributario, art. 398).
📏 El avalúo catastral es el piso
Si el precio de la escritura es menor que el avalúo catastral, los derechos notariales, los de registro y el impuesto de registro se liquidan sobre el avalúo (Ley 223 de 1995, art. 229, y las resoluciones de la Superintendencia). La retención, en cambio, se calcula sobre el precio.
🚫 Lo que esta calculadora no hace
- Vivienda de interés social: tiene tarifas especiales y no causa retención (Estatuto Tributario, art. 400).
- La hipoteca que se firma en la misma escritura.
- Copias, certificado de tradición, estampillas y sobretasas del departamento.
⚖️ Base legal
Con la última reforma de cada norma.
- Resolución SNR RES-2026-000964-6 — derechos notariales 2026, vigentes desde el 1 de febrero (texto oficial)
- Resolución SNR RES-2026-001726-6 — derechos de registro 2026, vigentes desde el 2 de febrero por la RES-2026-001896-6 (texto oficial)
- Ley 223 de 1995, arts. 227, 229 y 230 — impuesto de registro; el art. 230 en la redacción de la Ley 2069 de 2020 (texto oficial)
- Estatuto Tributario, arts. 398, 400 y 468 — retención e IVA
- Código Civil, art. 1862 — los gastos de la escritura, por mitades
❓ Preguntas frecuentes
¿Quién paga los gastos de escrituración?
Si no pactan otra cosa, comprador y vendedor pagan por mitades los gastos de la escritura (Código Civil, art. 1862) y el impuesto de registro (Ley 223 de 1995, art. 227). Los derechos de registro los paga quien pide el registro, y la retención, el vendedor.
¿Cuánto cobra la notaría por una escritura de compraventa en 2026?
$ 30.900 hasta $ 259.300 de valor, y 3 por mil de lo que exceda, más IVA y los recaudos (Resolución SNR RES-2026-000964-6).
¿Qué pasa si el precio de la escritura es menor que el avalúo catastral?
Los derechos notariales, los de registro y el impuesto de registro se liquidan sobre el avalúo. La retención se calcula sobre el precio.
¿Por qué un peso más en el precio puede subir mucho el registro?
Porque la tabla de los derechos de registro tiene un salto. Hasta $ 12.852.100 se paga un valor fijo de $ 53.100; con un peso más, $ 12.852.101, se paga el 9,11 por mil de todo el valor: $ 117.100. Ocurre en cada cambio de tramo (Resolución SNR RES-2026-001726-6, art. 1).
¿Cuánto es el impuesto de registro?
Lo fija cada departamento, entre el 0,5% y el 1% del valor (Ley 223 de 1995, art. 230).
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