Calculadora de ISR 2026
Tu Impuesto sobre la Renta, mensual (art. 96) o anual (art. 152), con la tarifa oficial del SAT — y el saldo a favor o a cargo de tu declaración anual.
🧮 Calcula tu ISR
🎯 Prueba con un ejemplo:
📖 Una tarifa progresiva por tramos
El ISR mexicano se calcula por renglones: se busca el tramo donde cae tu ingreso, se paga la cuota fija de ese tramo, y sólo el excedente sobre el límite inferior se grava con el porcentaje del tramo. Ganar un peso más nunca hace que te descuenten desproporcionadamente —el porcentaje mayor toca únicamente al excedente.
Art. 96
Tarifa mensual, para tu retención de nómina
Art. 152
Tarifa anual, para la declaración
11 tramos
De 1.92% a 35%
Saldo
A favor o a cargo, según tus retenciones
⚠️ La tarifa anual no es la mensual multiplicada por doce
🧮 La fórmula, paso a paso
Ubica tu renglón en la tarifa
Busca, en la tarifa mensual (art. 96) o anual (art. 152) según lo que estés calculando, el renglón donde cae tu ingreso.
Resta el límite inferior de ese renglón
La diferencia es el excedente: la parte de tu ingreso que efectivamente se grava con el porcentaje de ese renglón.
Aplica el porcentaje al excedente
Multiplica el excedente por el porcentaje del renglón.
Suma la cuota fija
La cuota fija del renglón más el impuesto marginal del paso anterior: ese es tu ISR.
Si es tu declaración anual, compara contra tus retenciones
Si tus retenciones del año superan el ISR causado, tienes saldo a favor; si son menores, tienes saldo a cargo.
📆 El saldo de tu declaración anual
Si ya tuviste retenciones de ISR durante el año —de tu nómina, por ejemplo—, esta calculadora las compara contra el ISR causado según la tarifa anual:
- Retenciones mayores al ISR causado: tienes saldo a favor —el SAT te debe la diferencia.
- Retenciones menores al ISR causado: tienes saldo a cargo —debes pagar la diferencia.
Esto es una aproximación al mecanismo, no la declaración completa: la declaración anual real resta también deducciones personales y otros ajustes antes de llegar al ISR causado.
📊 Tasa marginal y tasa efectiva: por qué no son la misma
Ese malentendido tiene una consecuencia práctica: la idea de que un aumento «no conviene porque sube de escalón». No existe. Como el porcentaje mayor sólo toca al excedente, ganar un peso más nunca deja menos en la mano.
💼 Lo que tu patrón retiene no es necesariamente tu impuesto del año
La retención mensual (art. 96) es un pago a cuenta. Tu impuesto real del ejercicio se determina con la tarifa anual (art. 152) sobre lo que ganaste en los doce meses, y ahí se compara contra lo que ya te retuvieron.
Por eso mucha gente descubre en abril que tiene saldo a favor sin haber hecho nada distinto: basta con haber cambiado de empleo a media año, haber tenido meses con ingresos muy dispares o haber recibido aguinaldo y PTU en meses distintos. La retención mensual no sabe cómo será tu año; la declaración anual sí.
➖ Lo que la declaración anual sí resta y esta calculadora no
Esta calculadora aplica la tarifa a lo que le captures. La declaración anual, además, resta deducciones personales antes de llegar al ISR causado: gastos médicos, hospitalarios y dentales, primas de seguros de gastos médicos, colegiaturas, intereses reales de créditos hipotecarios, donativos y aportaciones complementarias de retiro, entre otras.
Las deducciones personales tienen un tope global y requisitos de forma —empezando por el medio de pago: en general deben pagarse con tarjeta, cheque nominativo o transferencia, no en efectivo. Por eso el resultado de aquí es el ISR sobre el ingreso que capturaste, no tu impuesto final del ejercicio.
🎁 El aguinaldo y la PTU no se gravan como un sueldo más
Cuando recibes un pago extraordinario —aguinaldo, PTU, prima vacacional— el patrón puede retener por el procedimiento del artículo 174 del Reglamento de la LISR, que «mensualiza» ese ingreso en lugar de sumarlo entero al mes. Casi siempre retiene menos que acumularlo al sueldo.
Además, esos conceptos tienen una parte exenta medida en UMAs. Si lo que buscas es el ISR de tu aguinaldo o de tu PTU, las calculadoras de Aguinaldo y PTU ya aplican la exención y ese procedimiento; ésta trabaja sobre la tarifa general.
🚫 Lo que esta calculadora no hace
- No resta deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, donativos) ni otros ajustes de la declaración anual completa.
- No incluye el subsidio para el empleo ni las cuotas del IMSS. Para el cálculo completo de tu sueldo, usa la calculadora de Sueldo Neto.
⚖️ Base legal
- LISR art. 96 — la tarifa mensual de retención
- LISR art. 152 — la tarifa anual de la declaración
- Anexo 8 de la RMF 2026 (DOF 28/12/2025) — las tablas oficiales vigentes, secciones B.V (mensual) y C.II (anual)
❓ Preguntas frecuentes
¿Por qué mi retención mensual no coincide con el cálculo anual?
Porque son dos tarifas distintas, publicadas por separado en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea, cada una con su propio redondeo. La anual no es la mensual multiplicada por doce, y la diferencia se ajusta al declarar.
¿Qué son las deducciones personales?
Gastos que la ley permite restar del ingreso anual: honorarios médicos, colegiaturas, intereses de crédito hipotecario, aportaciones al retiro, entre otros. Tienen un tope global, y sólo cuentan si están pagados con medios bancarios y amparados con CFDI.
¿Si tengo dos patrones debo declarar?
Sí. Cuando recibes ingresos de dos o más patrones estás obligado a presentar declaración anual, porque cada uno retuvo como si fuera el único y la suma quedó mal calculada.
¿El ISR se calcula antes o después de las cuotas del IMSS?
Las cuotas obreras no se restan de la base del ISR. El impuesto sale del ingreso gravable y la cuota se descuenta aparte, lo que explica por qué el neto baja más de lo que uno esperaría viendo sólo la tarifa.
¿Por qué mi ISR no es un porcentaje fijo de mi sueldo?
Porque la tarifa es progresiva por tramos: se paga la cuota fija del tramo donde cae tu ingreso, y el porcentaje se aplica sólo sobre el excedente respecto al límite inferior de ese tramo —no sobre tu ingreso completo. Por eso tu tasa efectiva (el ISR entre tu ingreso total) siempre es menor a tu tasa marginal.
¿Cuál es la diferencia entre la tarifa mensual y la anual?
La mensual (art. 96) es la que tu patrón usa para retenerte ISR en cada pago; la anual (art. 152) es la que se usa en abril, en la declaración del ejercicio. No es la mensual multiplicada por doce: el SAT publica las dos tarifas por separado en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal, con su propio redondeo.
¿Qué es un saldo a favor?
Cuando las retenciones de ISR que ya tuviste durante el año son mayores al ISR que realmente causaste según la tarifa anual. El SAT te debe la diferencia.
¿Y un saldo a cargo?
Lo contrario: tus retenciones fueron menores al ISR causado, y tienes que pagar la diferencia al presentar tu declaración.
¿Esta calculadora sirve para mi declaración anual completa?
No. Resuelve la tarifa progresiva y la compara con tus retenciones, pero la declaración anual real resta también deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, donativos, entre otras) y otros ajustes antes de llegar al ISR causado.
¿Por qué el resultado no coincide con mi recibo de nómina?
El recibo puede incluir el subsidio para el empleo y otras prestaciones que esta calculadora no resuelve —usa la calculadora de Sueldo Neto para el cálculo completo. También puede haber otras percepciones gravables (comisiones, horas extra) que cambian tu ingreso del periodo.
¿Esta calculadora sustituye a un contador?
No. Es educativa, para que entiendas el mecanismo de la tarifa progresiva. Una declaración anual completa, con deducciones personales, necesita a alguien que vea tu caso completo.
🔗 Calculadoras relacionadas
- Sueldo Neto — el ISR junto con el subsidio para el empleo y las cuotas del IMSS
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