Calculadora de IVA 2026

Actualizado el · Valores oficiales vigentes, con la fuente citada en cada uno.

Agrega o desglosa el Impuesto al Valor Agregado de cualquier monto, con la tasa general del 16% o la tasa efectiva del 8% de la región fronteriza norte.

🧮 Calcula tu IVA

🎯 Prueba con un ejemplo:

📖 Una sola cuenta, mirada desde los dos extremos

Agregar y desglosar el IVA son la misma multiplicación, vista al revés. Si tienes un precio SIN IVA, agregar suma el impuesto para llegar al total. Si tienes un total QUE YA LO INCLUYE, desglosar separa cuánto de ese total es la base y cuánto es el IVA. Esta calculadora muestra el desglose completo en los dos casos.

📊

16%

Tasa general, art. 1 LIVA

🌵

8%

Tasa efectiva, región fronteriza norte

➕

Agregar

De precio sin IVA a total

➖

Desglosar

De total a base + IVA

⚠️ El 8% no es una tasa de la Ley del IVA

La Ley del IVA sólo conoce tres escenarios en su artículo 1: 16%, 0% y exento. El 8% de la región fronteriza norte viene de un DECRETO del Ejecutivo —no de la ley— que otorga un crédito fiscal equivalente al 50% de la tasa general a quienes operan en esa región. El resultado numérico es idéntico a aplicar 8% directamente, pero jurídicamente es un descuento sobre el impuesto causado, no una tasa distinta escrita en la Ley del IVA.

📅 Una tasa que se renueva año con año, no una ley permanente

El decreto de la región fronteriza norte se prorroga periódicamente desde 2018. La prórroga vigente extiende el beneficio hasta el 31 de diciembre de 2026 —a diferencia de prórrogas anteriores, que cubrían varios años, ésta cubrió sólo el ejercicio 2026. Verifica si hay un decreto nuevo antes de usar esta tasa después de esa fecha.

🧮 La fórmula, paso a paso

1

Elige la tasa según tu zona

16% en el resto del país, u 8% (tasa efectiva) si tu operación cae dentro de la región fronteriza norte.

2

Si tienes el precio sin IVA, agrégalo

Multiplica el precio por la tasa para obtener el IVA, y súmalo al precio para obtener el total.

3

Si tienes el total con IVA, desglósalo

Divide el total entre 1 más la tasa (en decimal) para obtener la base; la diferencia entre el total y la base es el IVA.

🧾 Trasladado y acreditable: los dos IVAs de tu contabilidad

El IVA que cobras a tus clientes se llama trasladado. El que pagas a tus proveedores se llama acreditable. Lo que entregas al SAT no es el primero: es la diferencia entre los dos.

Si cobraste $16,000 de IVA y pagaste $10,000 en compras del negocio, enteras $6,000. Si pagaste más de lo que cobraste, tienes saldo a favor, que puedes acreditar contra meses siguientes, compensar o solicitar en devolución.

Esta calculadora resuelve una operación, no tu declaración: agrega o desglosa el IVA de un monto. La suma de todas tus operaciones del mes, menos lo acreditable, es otra cuenta —y necesita tus facturas, no una calculadora.

🔢 Por qué desglosar no es restar el mismo porcentaje

El error más común con el IVA: tener un total de $1,160 y restarle 16% para hallar la base. Da $974.40, y está mal. La base no es «el total menos 16%», es «el total entre 1.16» = $1,000. La diferencia crece con el monto, y en una factura grande son cientos de pesos de desfase.

La razón es que el porcentaje se aplica sobre la base, no sobre el total. Por eso esta calculadora tiene dos modos: agregar parte de la base, desglosar parte del total, y cada uno usa la operación que le corresponde.

0️⃣ Tasa 0% y exento no son lo mismo

Parecen iguales —en los dos casos no pagas IVA al comprar— y para un negocio son completamente distintos:

  • Tasa 0% (art. 2-A): la operación sí está gravada, sólo que a cero. Quien vende conserva el derecho a acreditar el IVA que pagó en sus compras, y suele terminar con saldo a favor. Es el caso de buena parte de los alimentos y las medicinas.
  • Exento (art. 9 y siguientes): la operación queda fuera del impuesto, y quien vende no puede acreditar el IVA de sus compras —se le vuelve costo. Es el caso de servicios médicos, enseñanza y buena parte de la vivienda.

Esta calculadora trabaja con operaciones gravadas. Si la tuya es de tasa 0% o exenta, el IVA a trasladar es cero y la pregunta real es otra: qué puedes acreditar.

🚫 Lo que esta calculadora no hace

  • No valida tu municipio. La región fronteriza del IVA no es necesariamente la misma que la Zona Libre de la Frontera Norte del salario mínimo —confirma con tu contador si tienes duda sobre un municipio específico.
  • No calcula el IEPS ni otros impuestos que puedan aplicar junto con el IVA a ciertos productos (alcohol, tabaco, combustibles).

⚖️ Base legal

❓ Preguntas frecuentes

¿El IVA se calcula antes o después del descuento?

Sobre el precio ya descontado. El descuento reduce la contraprestación pactada, y la base del IVA es esa contraprestación (art. 12 de la LIVA). Si te descuentan 10% sobre $1,000, la base son $900 y el IVA sale de ahí.

¿Qué significa que un producto esté a tasa 0%?

No es lo mismo que estar exento. A tasa 0% —medicinas de patente y la mayoría de los alimentos— el vendedor no te cobra IVA pero SÍ puede acreditar el que él pagó a sus proveedores. El exento no cobra ni acredita, y ese costo termina dentro del precio.

¿Cómo saco el IVA de un precio que ya lo incluye?

Divides entre 1.16 (o entre 1.08 en la región fronteriza) para llegar al precio sin IVA, y la diferencia es el impuesto. No se resta 16% del total: eso da un número menor, porque el 16% se calculó sobre la base, no sobre el total.

¿El IVA que cobro es dinero mío?

No. Lo cobras por cuenta del SAT y lo enteras en tu declaración, restando primero el IVA acreditable que tú pagaste a tus proveedores. Tratarlo como ingreso es el error que más quiebra negocios chicos.

¿Los servicios digitales del extranjero cobran IVA?

Sí. Desde 2020 las plataformas extranjeras que prestan servicios digitales en México deben registrarse ante el SAT y trasladar el IVA. Por eso tu suscripción de streaming trae el impuesto desglosado.

¿Qué es el IVA retenido?

En ciertos casos quien te paga retiene parte del IVA que le trasladaste y lo entera él directamente al SAT. Tú lo declaras igual, pero acreditas la retención. Es frecuente cuando una persona moral contrata servicios de una persona física.

¿Por qué en la frontera se paga 8% y no 16%?

La Ley del IVA sólo establece 16% (art. 1). El 8% viene de un decreto del Ejecutivo que otorga un crédito fiscal del 50% sobre esa tasa a quienes operan en la región fronteriza norte —el resultado numérico equivale a una tasa de 8%, aunque jurídicamente es un crédito, no una tasa distinta.

¿Es la misma región fronteriza del salario mínimo?

Se traslapan en su mayoría, pero son decretos distintos, de autoridades distintas, con sus propias listas de municipios. Si tienes duda sobre un municipio específico, confirma con tu contador o con el texto del decreto.

¿Hasta cuándo está vigente la tasa del 8%?

El decreto se prorroga año con año. La prórroga vigente cubre hasta el 31 de diciembre de 2026 —no es una tasa permanente de la ley, y podría cambiar o no renovarse.

¿Cuál es la diferencia entre "agregar" y "desglosar"?

Agregar parte de un precio SIN IVA y calcula cuánto se suma. Desglosar parte de un total QUE YA LO INCLUYE y separa cuánto es base y cuánto es IVA —es la misma cuenta, vista desde el otro extremo.

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