Calculadora de Modalidad 40 del IMSS
Cuánto cuesta la Continuación Voluntaria mes a mes, de qué ramos sale ese porcentaje, y —lo que casi nadie calcula— cuánto sube tu pensión de la Ley 73 y en cuánto tiempo recuperas lo invertido.
🧮 Calcula tu cuota y tu ganancia
🎯 Prueba con un ejemplo:
📖 Qué es, en una frase
La Modalidad 40 es el nombre con el que todo el mundo conoce la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio (LSS arts. 218 a 222): seguir cotizando al IMSS por tu cuenta, sin patrón, con el salario que tú elijas hasta el tope de 25 UMAs.
Sirve para dos cosas a la vez, y la segunda es la que mueve el dinero:
Sumar semanas
Cada año pagado son 52 semanas más, que cuentan para el mínimo y para los incrementos
Subir el promedio
El salario nuevo empuja al viejo fuera de la ventana de las últimas 250 semanas
No da servicio médico
No cubre Enfermedades y Maternidad: esa parte no se paga y no se recibe
Tiene fecha límite
Cinco años desde tu baja, y 52 semanas cotizadas en los cinco anteriores a ella
🧮 Cómo se calcula
Elige el salario con el que vas a cotizar
Cualquiera hasta el tope de 25 UMAs. Ese salario es el que va a entrar en el promedio de tus últimas 250 semanas.
Suma los ramos que se pagan
Sin patrón pagas las dos partes de Retiro, Cesantía y Vejez, de Invalidez y Vida y de Gastos médicos de pensionados. No hay Enfermedades y Maternidad: por eso no da servicio médico.
Multiplica por los días del mes
El IMSS cobra por día natural, así que enero cuesta más que febrero. Las tablas publicadas usan un mes promedio que no corresponde a ningún mes real.
Mira qué pasa con el promedio de tus 250 semanas
Las semanas nuevas empujan a las viejas fuera de la ventana. Si el periodo no llega a 250 semanas, el promedio queda en una mezcla ponderada de los dos salarios.
Compara la pensión antes y después
La diferencia anual incluye el aguinaldo, que también sube. Dividir lo invertido entre esa diferencia da el plazo de recuperación.
💡 De dónde sale el porcentaje, de verdad
Las tablas publicadas dan un número y ya: tanto por ciento para este año, tanto para el siguiente. Pero ese porcentaje no es una tasa propia de la Modalidad 40: es la suma de las dos partes —patronal y obrera— de tres seguros que ya existen en la nómina de cualquier trabajador.
- Retiro, Cesantía y Vejez, con la parte patronal que sube año a año hasta 2030 por la reforma de pensiones de 2020
- Invalidez y Vida, las dos partes
- Gastos médicos de pensionados, las dos partes
Nada de Enfermedades y Maternidad, nada de guarderías, nada de riesgo de trabajo. Por eso la Modalidad 40 no te da consulta médica.
⚠️ La tasa no es la misma para todos
La parte patronal de Cesantía y Vejez sale de una tabla que sube por tramos de UMAs, y sólo llega a su máximo arriba de cuatro. Quien cotiza con un salario menor paga un porcentaje menor.
Las tablas que circulan empiezan en 5 UMAs —ya en el tramo máximo— y por eso siempre muestran la tasa más alta, como si fuera única. Si eliges un salario bajo, tu cuota real es menor que la publicada, y esta calculadora te lo dice.
📅 El IMSS cobra por día, no por mes
La línea de captura se calcula sobre los días naturales del mes. Enero tiene 31 y febrero 28: la diferencia es real y sorprende a quien presupuestó con el número redondo de una tabla. Aquí aparecen los extremos, no un promedio que no corresponde a ningún mes.
⏱️ Por qué se piensa en cinco años
El promedio del artículo 167 mira las últimas 250 semanas, que son unos cuatro años y diez meses. Pagar Modalidad 40 dos años no cambia el promedio a tu salario nuevo: lo deja en una mezcla de los dos, ponderada por semanas.
Por eso la estrategia clásica es entrar unos cinco años antes de pensionarse. Esta calculadora te muestra la mezcla exacta cuando el periodo no alcanza a llenar la ventana.
🚫 Lo que esta calculadora no hace
- No te dice si te conviene. Es dinero que sale hoy contra pensión que entra después, y el plazo de recuperación sólo se cumple si alcanzas a vivirlo. Esa variable no es de una calculadora.
- No sirve para la Ley 97. Ahí la Modalidad 40 tiene otro sentido —semanas y saldo, no promedio salarial— y la comparación de esta pantalla no describiría ese caso.
- No incluye las asignaciones familiares en la comparación. Son un porcentaje de la pensión, así que suben en la misma proporción y no cambian el resultado, pero las dos columnas serían mayores.
- No comprueba tus requisitos. No más de cinco años desde tu baja, y al menos 52 semanas cotizadas en los cinco anteriores a ella: eso lo revisa el IMSS.
⚖️ Base legal
- LSS arts. 218 a 222 — la continuación voluntaria en el régimen obligatorio, sus requisitos y sus cuotas
- LSS art. 28 — el tope de 25 UMAs del salario base de cotización
- LSS arts. 25, 147 y 168 — los ramos que componen la cuota
- Decreto de reforma de pensiones (DOF 16/12/2020) — el esquema gradual que sube la parte patronal de Cesantía y Vejez hasta 2030
- LSS 1973 art. 167 — el promedio de las últimas 250 semanas, que es lo que la estrategia busca mover
❓ Preguntas frecuentes
¿De dónde sale el porcentaje de la cuota?
De sumar las dos partes —patronal y obrera— de Retiro, Cesantía y Vejez, de Invalidez y Vida y de Gastos médicos de pensionados. No es una tasa propia de la Modalidad 40: son ramos que ya existen en cualquier nómina.
¿Por qué sube cada año?
Por el decreto de reforma de pensiones de 2020: la parte patronal de Cesantía y Vejez sube año con año hasta 2030. Como esa parte la pagas tú, tu cuota sube con ella.
¿Todos pagan el mismo porcentaje?
No. La parte patronal de Cesantía y Vejez varía por tramo de UMAs y sólo llega a su máximo arriba de cuatro. Quien cotiza con un salario bajo paga menos que el porcentaje que publican las tablas, que empiezan en 5 UMAs.
¿Por qué se recomienda entrar cinco años antes?
Porque el promedio del artículo 167 mira las últimas 250 semanas, poco menos de cinco años. Con menos tiempo, el salario viejo sigue dentro de la ventana y el promedio queda en una mezcla.
¿Me da servicio médico?
No. La cuota no incluye Enfermedades y Maternidad. Cubre Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía y Vejez, y Gastos médicos de pensionados, que es otra cosa: aplica cuando ya eres pensionado.
¿Qué pasa si dejo de pagar?
La continuación voluntaria se da de baja si dejas de cubrir las cuotas. Las semanas que ya pagaste no se pierden, pero el periodo se interrumpe.
¿Hasta cuándo puedo inscribirme?
Dentro de los cinco años siguientes a tu baja del régimen obligatorio, y necesitas al menos 52 semanas cotizadas en los cinco años anteriores a esa baja (LSS art. 218).
¿Sirve si estoy en la Ley 97?
Tiene otro sentido: ahí no hay promedio salarial que subir, sino semanas y saldo. La comparación de pensión de esta calculadora es de la Ley 73 y no describiría ese caso.
¿Conviene?
Depende de cuántos años cobres la pensión, y eso no lo sabe ninguna calculadora. Lo que sí se puede medir es el costo, el aumento y el plazo de recuperación —los tres están arriba.
¿El aumento incluye las asignaciones familiares?
La comparación va sin ellas. Son un porcentaje de la pensión, así que suben en la misma proporción y no cambian el resultado, pero si te corresponden las dos columnas serían mayores.
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